Víctimas de una mentira periodística


Tres periodistas condenados por acusar a dos artistas de esconder en Girona a un criminal nazi



El sistema jurídico español no contempla el derecho al insulto y a la mentira. El insulto y la expresión vejatoria no pueden ser aceptados como ejercicio legítimo del pretendido derecho de información, señala una sentencia de la Audiencia Provincial de Girona que califica de falsos 11 artículos de "investigación" publicados en 2005 y 2006 en el diario El Mundo donde dos reporteros acusaron al pintor Gaetano Pisano, Tano, y a su esposa Blandine Pellet, de ocultar y proteger en España a Aribert Heim, el criminal nazi que asesinó a presos judíos en la enfermería del campo de concentración de Mauthausen. Pisano, que reside en Palafrugell, recibe desde entonces tratamiento psiquiátrico y la venta de sus acuarelas cayó en picado en el mercado europeo y norteamericano. "Esta terrible historia es como un mal sueño que , además, ha provocado un enorme daño en mi carrera", asegura el pintor que se pregunta como se puede borrar de Google los reportajes en los que se les acusaba.

El fallo de los magistrados Fernando Lacaba, Isabel Soler y Fernando Ferrer desestima el recurso presentado por Unidad Editorial contra la sentencia del Juzgado número 3 de La Bisbal d'Emporda (Girona) en la que se condenó a la editora del citado periódico, a su director P.J. Ramírez, y a los autores de estas informaciones Fernando García y Félix Martínez a indemnizar a la pareja con 60.000 euros por una intromisión ilegítima en el derecho al honor. Y lo argumenta así: "las publicaciones denunciadas conculcan de forma manifiesta y palmaria el derecho al honor de los demandantes al atribuirles hechos que les hacen desmerecer del público el aprecio y respeto granjeados a lo largo de más de 10 años en Palafrugell; del contenido se desprenden expresiones insultantes e insinuaciones insidiosas; están redactadas con ánimo vejatorio al relacionarlos con el nazi más buscado; son obtenidas con un claro desprecio a la verdad al no haber sido contrastadas ni verificadas con la diligencia exigida a un profesional de la información; las informaciones no solo eran inveraces sino también plagadas de expresiones insinuantes y preñadas de imputación delictiva que no pueden tener cabida en el derecho a la información". La sentencia de la Audiencia Provincial de Girona añade que el diario "no solo no rectificó lo publicado" cuando se archivó la investigación policial sino que insistió mediante un titular que decía: "la pareja de Palafrugell es amiga del hijo del criminal nazi y le ha vendido obras de arte".
Los autores de la pretendida "investigación" aseguraron que el matrimonio de artistas recibió 300.000 euros de una cuenta de Stuttgart de la que solo podía disponer el propio Aribert Heim; que entregaron al criminal un paquete valorado en esa cantidad bajo el sobrenombre de Gausman, que el Doctor Muerte pudo utilizar el coche de la pareja para huir a Dinamarca y que, además, eran neonazis y sus testaferros en España. En realidad la cuenta del nazi está embargada por el Estado alemán y nunca ha sido utilizada; los pintores eran amigos de un hijo de Heim, desconocían que su padre era el Doctor Muerte y desde hacia años le vendían sus cuadros; y Pisano no solo no es neoanazi sino que tiene una hija judía, según acredita la sentencia condenatoria que destaca el daño "irreparable" causado a los demandantes.

Telemadrid, condenada por difamación


La cadena tendrá que rectificar por vincular a un imán con el terrorismo



Ni todos los musulmanes son terroristas ni todos los medios de comunicación difaman. Este podría ser el resumen de la histórica sentencia la primera en este sentido desde los atentados del 11 de marzo emitida por la juez de 1º Instancia de Pozuelo, que condena a Telemadrid a emitir una rectificación en la misma franja horaria, tras acusar falsamente en el programa Objetivo al imán de la mezquita de Fuenlabrada, Mohamed El Mirabet, de ser salafista, tener vínculos con Al Qaeda y reclutar muyahidines para la Yihad o guerra santa. El fallo condena a la cadena pública madrileña a emitir una rectificación y a pagar las costas del juicio.
Titulado La Yihad en España, el programa Objetivo, presentado por Manuel Cerdán, tachaba en octubre de 2010 al demandante de "terrorista y de adoctrinar y reclutar muyahidines", según apunta la sentencia, acusaciones que "son inciertas y no se ajustan a la realidad". Pese a que el propio El Mirabet aseguraba en el reportaje que "la corriente musulmana que practica y predica es la Maliki, que no predica ni el salafismo ni el wahabismo, que nunca ha tenido ni contacto ni conexión con Al Qaeda, que nunca ha reclutado muyahidines para la yihad ni ha lanzado mensajes incendiarios en contra de Occidente".
La sentencia, que aún no es firme, considera probado que el programa daba por hecho, sin aportar pruebas, "que el demandante es un imán fundamentalista de ideas salafistas y que es wahabista", además de considerar a El Mirabet "un fundamentalista directamente relacionado con el terrorismo de Al Qaeda".
Nada más emitirse el documental, que insistía en la existencia de una docena de "apóstoles" de la Yihad en España, la Unión de Comunidades Islámicas de España (Ucide), presidida por Riay Tatari, enviaba una carta a la directora general del ente en la que solicitaba una rectificación ante un ejercicio periodístico que "entra de lleno en el amarillismo y la creación de una alarma social injustificada, difamando y mancillando el honor de varios imames, sin ninguna prueba sustancial".

Telemadrid, condenada por decir que los sindicatos "apagaron la pantalla" durante la huelga

PÚBLICO.ES / AGENCIAS - Madrid - 16/10/2009 19:34


El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Pozuelo de Alarcón ha condenado a Radio Televisión Madrid (RTVM) a "rectificar" las manifestaciones vertidas en sus informativos de los pasados 14 y 16 de abril que culpaban a los sindicatos de "apagar la pantalla de la televisión pública madrileña".

Asimismo indicaron que los tres trabajadores despedidos -el motivo principal de las movilizaciones- eran directivos, cuando en realidad se trataba de tres trabajadores del departamento de informática, según ha explicado a Público la demandante, la secretaria general de UGT Telemadrid María Teresa Treviño.

Fuentes de Telemadrid manifestaron a este periódico su desacuerdo con la sentencia e indicaron que ya ha sido recurrida en la Audiencia Provincial. Por su parte, UGT considera este fallo judicial "una gran victoria en la lucha por una televisión pública plural, veraz y objetiva al servicio exclusivo de los ciudadanos de Madrid".

El pasado 14 de abril, los sindicatos del ente público convocaron uno de los paros que dejó en negro la pantalla de Telemadrid durante horas. Ese día, los informativos de Telemadrid de las 14.00 y las 20.30, y el 16 de abril el informativo de las 7.00, difundieron que los sindicatos habían "apagado la pantalla" y que los tres trabajadores que habían sido despedidos eran "directivos".

Una de las representantes de la sección sindical de UGT, María Teresa Treviño Céspedes, demandó entonces a RTVM por considerar que esas manifestaciones eran inexactas.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre y hecho pública hoy por UGT, señala que los informativos de la cadena "daban a entender al espectador que la culpa de apagar la pantalla de la televisión fue de los sindicatos convocantes de la huelga del 14 de abril exclusivamente".

La jueza considera que esas manifestaciones "sin duda perjudican a la demandante" y que tal información "no se contrastó", por lo que condena al ente público a la "íntegra difusión de la rectifiación solicitada" por la representante sindical, que consiste en que "se declare la inexactitud de la información difundida".

El ex edil del PP de Urbanismo en Palma, condenado a dos años de cárcel por malversación

EFE PÚBLICO.ES / EUROPA PRESS - Madrid / Palma de Mallorca - 24/09/2009

El conservador Javier Rodrigo Santos, condenado por un delito de malversación de fondos públicos en clubes de alterne y masajes

El ex concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma de Mallorca Javier Rodrigo Santos ha sido condenado a dos años de prisión y a cuatro de inhabilitación absoluta por un delito de malversación de fondos públicos en clubes de alterne y casas de masajes.

Así consta en la sentencia emitida este jueves por el magistrado Carlos Izquierdo, presidente del tribunal del jurado que la pasada semana juzgó al ex concejal, en la que se tienen en cuenta las atenuantes de reparación del daño y de drogadicción, al considerar probado que reintegró a las arcas municipales más de 50.000 euros desviados y que en el momento de los hechos el ex edil era adicto a la cocaína.

El jurado consideró la semana pasada que De Santos es culpable de haber usado fondos públicos del Ayuntamiento de Palma para su propio beneficio mediante múltiples operaciones con la tarjeta de crédito del Consistorio, cada una de ellas inferior a los 4.000 euros.

Clubes de alterne gay

De esta forma daba como buenos los gastos que se hicieron en los clubes de alterne gay Casa Alfredo, Prometeo y una casa de masajes de Madrid y dicta que el ex concejal no tenía intención de devolverlos. El gasto total asciende a más de 52.500 euros.

La defensa, por su parte, solicitaba una pena menor de cuatro meses y medio de prisión y un año y medio de inhabilitación.

Javier Rodrigo de Santos, durante el juicio, no negó los pagos de que le acusaba la Fiscalía, pero los atribuyó a su adicción a las drogas. Valiéndose del derecho a la última palabra en el juicio, se dirigió el miércoles al jurado "como drogadicto y no como culpable", aunque admitía serlo.

Con semblante desencajado, Rodrigo de Santos dijo haber "vivido engañado" debido a su dependencia de la cocaína, ya que "tenía un perjuicio y pensaba que lo podía dejar". Asímismo, manifestó que su "voluntad" nunca fue la de apropiarse de dinero público.

La Audiencia Provincial confirma la condena a Jiménez Losantos

El Mundo - 22/05/2009

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la condena al periodista Federico Jiménez Losantos por un delito de injurias graves con publicidad contra el alcalde de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón.

Jiménez Losantos había recurrido el fallo previo que le imponía la obligación de pagar 100 euros al día durante 12 meses; en total, una multa de 36.000 euros.

Aquella sentencia declaró probado que durante cuatro días de junio de 2006, y al hilo de unas declaraciones del alcalde de Madrid a ABC que este periódico tituló 'Ruiz-Gallardón invita a su partido a obviar el 11-M', Jiménez Losantos vertió contra él duros calificativos.

Entre ellos, el periodista dijo que al alcalde "le da igual que haya 200 muertos con tal de llegar él al poder" y le tildó de "traidor", "farsante redomado" que "no miente más porque no tiene tiempo".

Losantos calificó entonces de "escandalosa" la decisión de la juez, aunque sea por "este módico precio". A su juicio, dijo, esto "supone una espada de Damocles sobre la libertad de crítica al poder político. Esto lo que hace es asustar y amedrentar’, manifestó tras conocer la sentencia judicial.

El proceso judicial tuvo lugar en el Juzgado de lo Penal número 6 de Madrid hace casi un año. Entre los testigos, el ex secretario general del PP, Ángel Acebes; y la presidenta y el vicepresidente de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre e Ignacio González. El periodista les acusó de "hacer un ejercicio de manipulación y caradura total".

Jiménez Losantos aprovechó su último turno de palabra en el juicio para arremeter contra el regidor madrileño por "haber manipulado a la Administración de Justicia" a través de su querella como "mecanismo de exhibicionismo de su poder político".

Documentación oficial sobre el 11-M

Condenada la Cope por ligar a Eroski con Batasuna

EL PAÍS - Madrid - 20/02/2009

La Cope y la periodista de esta cadena de radio Cristina López Schlichting, presentadora de La tarde con Cristina, han sido condenados a pagar 12.000 euros de multa a la cadena de supermercados Eroski por daños morales. En mayo de 2005, la presentadora de la radio de los obispos acusó a Eroski de financiar a Batasuna porque parte de la fianza para que saliera de prisión el ex portavoz de la ilegalizada formación vasca, Arnaldo Otegi, se efectuó con un aval de Caja Laboral, empresa perteneciente al Grupo Mondragón, al que también está adscrito Eroski.

La sentencia, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Durango, considera que se causó daño en el honor de Eroski. La locutora había llamado a boicotear todas las empresas de Mondragón: "Con el fin de que ninguno de ustedes se manche las manos de sangre nos hemos molestado en identificar las más conocidas", dijo antes de citar a compañías como Orbea, Fagor e Irizar.