Telemadrid, condenada por difamación


La cadena tendrá que rectificar por vincular a un imán con el terrorismo



Ni todos los musulmanes son terroristas ni todos los medios de comunicación difaman. Este podría ser el resumen de la histórica sentencia la primera en este sentido desde los atentados del 11 de marzo emitida por la juez de 1º Instancia de Pozuelo, que condena a Telemadrid a emitir una rectificación en la misma franja horaria, tras acusar falsamente en el programa Objetivo al imán de la mezquita de Fuenlabrada, Mohamed El Mirabet, de ser salafista, tener vínculos con Al Qaeda y reclutar muyahidines para la Yihad o guerra santa. El fallo condena a la cadena pública madrileña a emitir una rectificación y a pagar las costas del juicio.
Titulado La Yihad en España, el programa Objetivo, presentado por Manuel Cerdán, tachaba en octubre de 2010 al demandante de "terrorista y de adoctrinar y reclutar muyahidines", según apunta la sentencia, acusaciones que "son inciertas y no se ajustan a la realidad". Pese a que el propio El Mirabet aseguraba en el reportaje que "la corriente musulmana que practica y predica es la Maliki, que no predica ni el salafismo ni el wahabismo, que nunca ha tenido ni contacto ni conexión con Al Qaeda, que nunca ha reclutado muyahidines para la yihad ni ha lanzado mensajes incendiarios en contra de Occidente".
La sentencia, que aún no es firme, considera probado que el programa daba por hecho, sin aportar pruebas, "que el demandante es un imán fundamentalista de ideas salafistas y que es wahabista", además de considerar a El Mirabet "un fundamentalista directamente relacionado con el terrorismo de Al Qaeda".
Nada más emitirse el documental, que insistía en la existencia de una docena de "apóstoles" de la Yihad en España, la Unión de Comunidades Islámicas de España (Ucide), presidida por Riay Tatari, enviaba una carta a la directora general del ente en la que solicitaba una rectificación ante un ejercicio periodístico que "entra de lleno en el amarillismo y la creación de una alarma social injustificada, difamando y mancillando el honor de varios imames, sin ninguna prueba sustancial".

Telemadrid, condenada por decir que los sindicatos "apagaron la pantalla" durante la huelga

PÚBLICO.ES / AGENCIAS - Madrid - 16/10/2009 19:34


El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Pozuelo de Alarcón ha condenado a Radio Televisión Madrid (RTVM) a "rectificar" las manifestaciones vertidas en sus informativos de los pasados 14 y 16 de abril que culpaban a los sindicatos de "apagar la pantalla de la televisión pública madrileña".

Asimismo indicaron que los tres trabajadores despedidos -el motivo principal de las movilizaciones- eran directivos, cuando en realidad se trataba de tres trabajadores del departamento de informática, según ha explicado a Público la demandante, la secretaria general de UGT Telemadrid María Teresa Treviño.

Fuentes de Telemadrid manifestaron a este periódico su desacuerdo con la sentencia e indicaron que ya ha sido recurrida en la Audiencia Provincial. Por su parte, UGT considera este fallo judicial "una gran victoria en la lucha por una televisión pública plural, veraz y objetiva al servicio exclusivo de los ciudadanos de Madrid".

El pasado 14 de abril, los sindicatos del ente público convocaron uno de los paros que dejó en negro la pantalla de Telemadrid durante horas. Ese día, los informativos de Telemadrid de las 14.00 y las 20.30, y el 16 de abril el informativo de las 7.00, difundieron que los sindicatos habían "apagado la pantalla" y que los tres trabajadores que habían sido despedidos eran "directivos".

Una de las representantes de la sección sindical de UGT, María Teresa Treviño Céspedes, demandó entonces a RTVM por considerar que esas manifestaciones eran inexactas.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre y hecho pública hoy por UGT, señala que los informativos de la cadena "daban a entender al espectador que la culpa de apagar la pantalla de la televisión fue de los sindicatos convocantes de la huelga del 14 de abril exclusivamente".

La jueza considera que esas manifestaciones "sin duda perjudican a la demandante" y que tal información "no se contrastó", por lo que condena al ente público a la "íntegra difusión de la rectifiación solicitada" por la representante sindical, que consiste en que "se declare la inexactitud de la información difundida".